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CRÓNICA DE UNA PRISIÓN INFUNDADA

La Verdad sobre el
caso "Crónica"

Grave denuncia pública del Dr. José Console

>  Sábado 23 de octubre de 2004


CRÓNICA DE UNA PRISION INFUNDADA

La Verdad sobre el Caso

La denuncia de la AFIP

En el trámite de la causa No. 58/2002 caratulada "ROPPIC S.A.; SERVINT S.A Y EDITORIAL SARMIENTO S.A. S/ INFR. LEY 24.769", que tramita por ante el Juzgado en lo Penal Económico Nº 8, Secretaría Nª 16, la AFIP ha incurrido en groseros y gravísimos "errores técnicos" que han costado inadmisiblemente la libertad de numerosas personas y que amenazan la de otras tantos.

Según la AFIP, Editorial Sarmiento S.A., que edita el diario Crónica , se habría valido de las empresas "fantasmas" SERVINTSA S.A. y ROPPIC S.A. , detrás de las cuales no habría actividad económica propia alguna, siendo que el verdadero obligado tributario sería el titular de las acciones de EDITORIAL SARMIENTO S.A.

Los ingresos de ambas firmas constituirían, para la AFIP, incrementos irregulares sin la debida justificación y/o exteriorización ante el fisco de sus patrimonios, "cuyo origen podría provenir de cierta actividad marginal de EDITORIAL SARMIENTO S.A., en razón de la íntima vinculación existente entre ésta con aquellas".

La realidad

Si bien es cierto que la evasión fiscal es un flagelo, no lo es menos que para que haya una evasión identificable como tal debe existir previamente una deuda impositiva evadida y que ésta tiene que ser dada a conocer por la AFIP. Lo contrario importa instaurar en la Argentina la prisión por deudas, pero sin deudas. Esto es exactamente lo que ha sucedido en el caso de la denuncia contra Editorial Sarmiento S.A.

La Constitución y el Pacto de San José de Costa Rica garantizan a toda persona inculpada de delito el derecho a una acusación previa y detallada al inculpado de la acusación formulada (art. 8º, punto 2., inc. b) del Pacto de San José de Costa Rica).

A pesar de ello, los imputados en la causa referida o bien han sido privados de su libertad, o bien ésta se encuentra seriamente amenazada sin que se les haya reconocido siquiera mínimamente el derecho a conocer previa y detalladamente cuál es la acusación que se dirige contra ellos, por dos razones fundamentales:

1) En rigor, nadie en la causa (jueces, fiscales denunciantes ni denunciados) conoce el monto de la supuesta evasión que se atribuye a Editorial Sarmiento, porque esta pretendida deuda jamás ha sido liquidada, determinada de oficio por la AFIP ni de cualquier otro modo incorporada al proceso penal.

Si, como lo postula la AFIP, SERVINTSA S.A. y ROPPIC S.A. fuesen sólo una pantalla, una apariencia de la realidad vacía de todo contenido económico propio , esto es, si su realidad económica fuese igual a cero, su DEUDA TRIBUTARIA TAMBIÉN DEBERÍA SER IGUAL A CERO.

Por ello de ser cierta incriminación, el único deudor debería ser la editorial, cuya deuda no esta liquidada ni determinada en autos por el organismo denunciante.

2) Ninguna de las personas físicas imputadas como presuntos partícipes de la evasión denunciada, ha podido tampoco conocer cuál es ni participar de la discusión de la supuesta deuda administrativa concerniente a las pretendidas "empresas fantasmas" ROPPIC S.A. Y SERVINTSA S.A.

Se ha violado el derecho de defensa de todas las personas físicas imputadas en la causa, ya que ninguno de los investigados tuvo la posibilidad de debatir ni probar todo lo relativo a deuda que el fisco pretende.

Esta situación plantea un gravísimo estado de indefensión e importa la violación al principio e inocencia.

Conclusión

La denuncia contra Editorial Sarmiento por evasión agravada ni siquiera indica la deuda evadida por la editorial ni computa los gastos no impugnados ni los créditos fiscales de esta tampoco impugnados, deducibles de la deuda de la editorial.

Lo que ha hecho la AFIP en el caso de Diario Crónica y de Editorial Sarmiento es volcar su pulgar para abajo y, con ello, poner en libertad condicional la presunción de inocencia y el derecho a expresar libremente las ideas por medio de la prensa.

Dr. José Console
Estudio José Console & Asociados
estudio@joseconsole.com.ar

 

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