El día 10 de Enero de 2004, el
Centro de Ex Combatientes de Malvinas en Ushuaia y el Centro de Veteranos de Guerra de Río
Grande, en conjunto con el señor Pablo VIÑA (Dueño de un comercio de Ushuaia y
damnificado por el robo de una bandera argentina, la que luego fuera arrojada a un tacho
de basura, por parte de los tres turistas subditos de la corona británica), hemos hecho
una presentacion ante el Juzgado Federal de la ciudad de Ushuaia, para ser tenidos como
partes querellantes, esto es a efectos de poder solicitar tomar vista de la causa que se
lleva adelante, solicitar fotocopia del expediente, se nos mantenga informados por parte
del Juzgado cómo prosigue la causa, poder aportar datos, además de poder solicitar se
recaratule la causa.
Hasta el momento lo que
se sabe es que están los tres extranjeros en libertad, luego de pagar una fianza de 3.500
pesos cada uno
Si el Juzgado hace
lugar a la petición de los Centros como querellantes, se hará otra presentación que
dice los siguiente:
I.- Que venimos por
el presente a solicitar tomar vista de la causa Nº...............
II.- Que solicito
autorización para extraer fotocopias de la totalidad de fs. del expediente mencionado
supra.
III.- Asimismo y
entendiendo esta parte que el hecho descripto encuadra dentro de las figuras tipificadas
como ultraje a los símbolos nacionales (art. 222 del C.P.) y robo (art. 164 del C.P.),
solicito se recaratulen estos actuados de la siguiente manera: FLEMING DAVID,
SARGENT, BENJAMIN Y REDDEN, DARREN S/ ROBO EN CONCURSO REAL CON EL DELITO ULTRAJE A LOS
SIMBOLOS NACIONALES
IV.- Y
considerando: Que los Veteranos de Guerra en cumplimiento del precepto constitucional de
defender la bandera hasta perder la vida, hemos hecho honor a dicho juramento, en
oportunidad de la Guerra de Malvinas.
- Que han quedado en nuestras Islas irredentas centenares de argentinos que ofrendaron su
vida por la Patria.
- Que trescientos veintitrés argentinos sucumbieron en las heladas aguas que circundan
nuestras Islas Malvinas, en ocasión del hundimiento del Crucero Gral. Belgrano.
- Que una afrenta como la que aquí se investiga constituye una burla a nuestros más
caros sentimientos de soberanía y nacionalidad.
- Que este agravio a nuestra insignia patria debe recibir una sanción, que honre la vida
de quienes lucharon hasta morir, para dar el ejemplo a nuestros hijos y adolescentes, (que
son el futuro de nuestra nación), que nuestros valores no se negocian, que la
humillación no se perdona; que nuestra Bandera Nacional desde este confín del mundo
será defendida no sólo por los centros de excombatientes de Malvinas, por los Veteranos
de Guerra, por los miembros de Nuestras Fuerzas Armadas, las Instituciones Policiales,
sino también en el resto del país por todos y cada uno de los más de cuarenta millones
de argentinos a los que desde nuestra más tierna infancia nos enseñaron a respetarla,
amarla y defenderla a ultranza.-
Artículos del Código
Penal de la República Argentina invocados:
Art. 164.- Será
reprimido con prisión de un mes a seis años, el que se apoderare ilegítimamente de una
cosa mueble, total o parcialmente ajena, con fuerza en las cosas o con violencia física
en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes del robo para facilitarlo, en el
acto de cometerlo o después de cometido para procurar su impunidad.
Art. 222.- Será
reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años, el que revelare secretos
políticos o militares concernientes a la seguridad, a los medios de defensa o a las
relaciones exteriores de la Nación.En la misma pena incurrirá el que obtuviere la
revelación del secreto.Será reprimido con prisión de uno a cuatro años el que
públicamente ultrajare la bandera, el escudo o el himno de la Nación o los emblemas de
una provincia Argentina.
Carlos A.
MASTROPIETRO
Secretario
Centro de Ex Combatientesde Malvinas en Ushuaia
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Fuente: El
Malvinense
http://members.libreopinion.com/elmalvinense
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